El debate por la ley de bases que el gobierno envió al Congreso volvió a su punto de partida y la Cámara deberá debatir nuevamente los diversos puntos. Sera tiempos de consensos y mucho dialogo para lograr aprobar una propuesta muy compleja y con puntos clave que pueden cambiar el desarrollo productivo del país.
En ese marco, uno de los artículos aborda la adhesión de Argentina a un protocolo o norma internacional UPOV 91. ¿De que se trata? De una propuesta que regula las actividades intelectuales en la creación de semillas de todas las especies, con el fin de proteger las ideas y que su autor pueda recibir el pago de esa idea, conocido en Argentina como las “regalías”.
Actualmente, nuestro país se encuentra adherido a UPOV 78 y en ella están adheridos países productivos como Brasil. Pero, la Secretaria de Bioeconomía de la Nación propone que Argentina tiene que estar adherida a la 91, ya que la 78, para la visión del gobierno, no le garantiza a las empresas que luego se le abone un canon por las tecnologías y eso conlleva a que no inviertan y por decantación no traigan nuevos eventos tecnológicos en semillas.
Esta propuesta dejó “Posiciones encontradas”. Al conocerse la noticia tres entidades agropecuarias pidieron “mayor debate para modificarla”, mientras que la Asociación de Semilleros la considera “una señal”.
En una entrevista que concedieron el Ingeniero Agrónomo Claudio Dunan, actual presidente del Instituto Nacional de Semillas (INASE), un ex Bioceres Semillas, que conoce a la perfección estos temas; y la abogada María Laura Villamayor (Representante de UPOV91 en Argentina y el mundo) a Valor Agregado Agro, sostienen que si Argentina se adhiere a la reglamentación 91 “llegarán las nuevas tecnologías, de las cuales hoy, los productores argentinos se están privando».
Para Claudio Dunan “desarrollar una bioeconomía competitiva, robusta, federal, se necesita solidez en el tema semillas, en germoplasma, porque obviamente es el paso absolutamente necesario para que eso ocurra”.
Agregó que: “en Argentina tenemos una situación regulatoria, desde el punto de vista de la propiedad intelectual, de las creaciones fitogenéticas, más fácilmente de las semillas, que hace que haya una falta de inversión y que desemboca en una falta de inversión en el área. En los países limítrofes las empresas invierten y en Argentina no lo hacen, por la falta de reglas claras.
El funcionario afirmó que “no solamente las empresas multinacionales se van a beneficiar con esta normativa, sino que hay empresas pymes, institutos públicos como el INTA, que son grandes generadores o podrían ser grandes generadores, pero tienen que estar protegidos”.
“El INTA es el principal desarrollador de variedades del país, pero después ese desarrollo de variedades no tiene la retribución económica para poder continuar invirtiendo en nuevas variedades”, agregó.
¿Qué diferencias existen entre UPOV 91 y UPOV 78?
Según Laura Villa Mayor. UPOV 91 es la evolución de UPOV 78. No es que un día se levantaron y dijeron pateamos UPOV 78 y creamos un sistema totalmente distinto y salió UPOV 91, no. Esta nueva normativa vino a actualizar y aclarar conceptos que no estaban bien aclarados en lo que es UPOV 78. Un concepto que estos días hemos escuchado varias veces que es el del uso propio que puede hacer el productor. Que más de uno dice con UPOV 91 no vamos a poder.
El uso propio para UPOV es para todas las especies. Aunque se trate distinto en autógamas, el uso propio es para todas las especies. Hay países que determinan qué especies entran y qué especies no. UPOV 78 no habla de uso propio. O sea, hay países que hoy están en UPOV 78 y no tienen uso propio. Quien nombra por primera vez la excepción del uso propio es UPOV 91. Entonces: ¿Cómo podría UPOV 91 prohibir el uso propio si en realidad es quien me está creando este concepto?.
¿Los obtentores, a partir de ahora van a reglamentar y van a determinar qué es el uso propio?
No. Quien va a determinar que esta excepción que crea UPOV 91 se ejercite y de qué forma se ejercita va a ser el Estado.
¿El pequeño agricultor, productores de hasta determinada cantidad, hectáreas, sería uno de los criterios?
Hay mil criterios. Seguramente se analizarán en conjunto, el estado va a llamar a los distintos sectores para analizar a ver quién paga, quién no paga. El primer concepto que tiene que quedar bien claro es que UPOV 91 crea el uso propio. Algunos van a pagar la propiedad intelectual y algunos no. Pero hay un uso propio que está configurado y está respetado y que no habla UPOV 78. Esa la primer gran diferencia.
Para resumir. Según María Laura Villamayor “se garantiza el uso propio, pero el estado fijará las normas y reglas para identificar quienes pagan las regalías y quienes no la pagan.
Más diferencias
María Laura Villamayor explica que “UPOV 78 no protege todas las especies, cada cinco años va aumentando especies. UPOV 91 protege todas las especies. Por eso, muchas veces, Argentina está un poco más de atraso. El tema de la cantidad de años, UPOV 78 te habla de 15 y 18 años, agrega 18 para los que son vides y árboles. UPOV 91 te habla de 20 y 25”.
Claudio Dunana, apunta que #la primera cuestión es el productor que está dentro de la ley, que utiliza las semillas, que paga sus regalías, que es proactivo, que es innovador, no tiene nada que temer. Va a tener la opción de que vengan más tecnologías y más competidores. Lo que hace UPOV 91, es decir que estas son las reglas del país, son claras y no son ambiguas. Empresas vengan a competir. Empresas nacionales, internacionales, startups, organismos públicos. Hoy eso no lo tenés. Entonces dependés de muy pocas tecnologías de muy pocas empresas, el mercado va limpiando las pymes, el mercado va eliminando aquellos que trabajan en cultivos pequeños, porque en realidad las empresas más chicas o las empresas públicas que hiciéramos son aquellas que invierten en cultivos más pequeños, las multinacionales no. Entonces nosotros necesitamos de esto”.
Fuente: Valor Agregado Agro